TEEMich declara existencia de Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género en contra de una excandidata a la Presidencia de Nuevo Parangaricutiro
• Ordenó el pago de remuneraciones a ex funcionarios de Coahuayana.
• Confirmó la pérdida de registro de la agrupación política Democracia en Libertad Michoacán
Morelia, Michoacán a 6 de noviembre de 2024.- El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEEMich) analizó y resolvió en sesión pública de este miércoles 70 setenta juicios de la ciudadanía, un recurso de apelación y un procedimiento especial sancionador.
En el TEEM-JDC-184/2024 promovido por cinco ciudadanas y ciudadanos quienes desempeñaron los cargos de Síndica y Regidurías del Municipio de Coahuayana, se analizó la omisión de pago de diversas prestaciones, determinándose sobreseer el juicio respecto de las prestaciones correspondientes al año 2023 debido a que no se puede afectar un presupuesto concluido y en el cual tuvieron la oportunidad de demandar las prestaciones reclamadas y, por otra parte, calificar fundado el agravio en relación con las prestaciones de este año, al acreditarse que no se les pagó lo relativo a la prima vacacional, ni el aguinaldo proporcional al que tienen derecho. Por ello se ordenó al Presidente Municipal y al Tesorero de dicho Ayuntamiento efectuar los pagos correspondientes.
En el TEEM-PES-VPMG-166/2024 originado por la presunta comisión de actos constitutivos de violencia política contra la mujer en razón de género (VPMG), de una excandidata a Presidenta Municipal del Ayuntamiento de Nuevo Parangaricutiro, se declaró la existencia de la infracción, ya que se acreditó que uno de los ciudadanos denunciados administró un grupo en redes sociales en el que se difundieron imágenes con contenido sexual en perjuicio de la denunciante; condición con la que se actualiza su responsabilidad indirecta, al no haber realizado alguna acción tendente a cesar su difusión, por lo que dicha conducta se calificó como grave especial.
En consecuencia, se impuso al denunciado una amonestación pública y se ordenaron medidas de reparación integral; así como la inscripción del denunciado por 9 meses en los Registros Nacional de Personas Sancionadas en Materia de VPMG, así como en el Registro Estatal y Estatal de Personas Sancionadas en la materia y se ordenó a la Secretaría General de Acuerdos remita a la Unidad de Transparencia para la elaboración de la versión pública de la sentencia.
Finalmente, se analizaron los expedientes TEEM-JDC-193/2024 al TEEM-JDC-261/2024 y TEEM-RAP-103/2024 promovidos por 69 ciudadanas y ciudadanos, así como por el representante de la agrupación política estatal “Democracia en Libertad Michoacán A.C.”, contra el acuerdo IEM-CG-254/2024 emitido el 27 de septiembre, por el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) que declaró la pérdida de registro de esta agrupación.
La Magistrada Presidenta Alma Rosa Bahena Villalobos, la Magistrada Yurisha Andrade Morales y el Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras determinaron confirmar el acuerdo impugnado, al considerar que el derecho de asociación es válidamente regulado por el reglamento de la materia, con el objetivo de garantizar la transparencia, la rendición de cuentas, así como la observancia de los principios que rigen la materia electoral, dando firmeza a los actos de las autoridades y definitividad a las distintas etapas de revisión y fiscalización; asimismo, se consideró que el acuerdo se encuentra debidamente fundado y motivado y que la sanción impuesta, es decir la pérdida de registro es acorde a la Ley General de Partidos y el Reglamento de Fiscalización.
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